Los principios del deber de contribuir en Ecuador y España. Análisis comparado
- GUERRA ZÚÑIGA, EDDY MARÍA DE LA
- Miguel Ángel Martínez Lago Director/a
Universidad de defensa: Universidad Complutense de Madrid
Fecha de defensa: 11 de enero de 2016
- Francisco Javier García Roca Presidente/a
- María Amparo Grau Ruiz Secretario/a
- Juan Ignacio Moreno Fernández Vocal
- Juan Arrieta Martínez de Pisón Vocal
- José María Lago Montero Vocal
Tipo: Tesis
Resumen
El deber de contribución al gasto público conmina a los poderes públicos a respetar límites tanto materiales como formales en la creación, modificación y extinción de tributos, para satisfacer las necesidades presupuestarias, el legislador tiene la obligación de buscar riqueza y allí donde la encuentre configurar los mismos, teniendo como fundamento lógico del referido deber, a la capacidad contributiva de los obligados y como límite insuperable, la no confiscación de su propiedad. En razón de estos límites, la contribución al gasto público aunque progresiva, debe garantizar el cuidado del bien jurídico protegido de la relación tributaria; es decir, debe propender a la equitativa distribución de la carga tributaria entre todos los obligados tributarios. Si bien no existe el derecho a objetar por razones de conciencia el pago de tributos, los contribuyentes son al propio tiempo ciudadanos que gozan de especiales derechos y garantías que los poderes públicos están obligados a respetar y proteger, tanto en la configuración de los tributos de la ley fiscal, como en la determinación y gestión de las obligaciones tributarias. Estos derechos emergen de la propia configuración jurídica del deber de contribución al gasto público y tienen su fundamento material, en el contenido mínimo de los principios tributarios que lo informan; así, el contribuyente tiene pleno derecho a que su contribución al sostenimiento de la carga pública sea siempre en la medida de su capacidad contributiva, a través del pago de tributos debidamente aprobados por el legislador, que en ningún caso alcanzarán de manera expropiatoria o atacarán su propiedad. Por tratarse de derecho subjetivos públicos, estos son aplicables directamente por los poderes públicos, incluso sin desarrollo legislativo en ley especial; sin embargo, el contribuyente que considere vulnerados sus derechos, podrá poner en movimiento múltiples vías y acciones ¿administrativas y jurisdiccionales-, para garantizar tanto el reconocimiento del derecho vulnerado, como la reparación del daño. Esta tesis tiene por objeto de estudio los principios que informan el deber de contribución al gasto público y los derechos del contribuyente que de dichos principios emergen.