Verdad procesal y derechos humanosun estudio sobre la prueba ilícita en la jurisdicción penal internacional
- Torres Chedraui, Ana María
- Pedro Serna Bermúdez Director/a
- Pedro Rivas Director/a
Universitat de defensa: Universidade da Coruña
Fecha de defensa: 21 de de febrer de 2014
- Faustino Cordón Moreno President/a
- Juan Antonio García Amado Secretari
- Jorge Cardona Llorens Vocal
- Marina Felicia Gascón Abellán Vocal
- Elena Pariotti Vocal
Tipus: Tesi
Resum
Este trabajo estudia el conflicto entre la búsqueda de la verdad y el respeto de los derechos del acusado/sospechoso en el curso de un proceso judicial, particularmente en el caso de pruebas fiables obtenidas por medios que violan tales derechos. El ámbito de dicho estudio son las jurisdicciones penales internacionales, pues en ellas se manifiestan estas tensiones, en virtud de su peculiar perfil: en ellas confluye, por un lado, el interés de la comunidad internacional en sancionar conductas graves y, por ello, de no excluir pruebas que resulten fiables; por otro lado, también es imprescindible la necesidad de transmitir el mensaje de que la forma en que se hace justicia es importante, de manera muy especial cuando los hechos que se juzgan se refieren a países donde han tenido lugar violaciones graves de los derechos humanos y donde el rule of Law ha de fortalecerse, pues adolece de condiciones iniciales de gran precariedad. A pesar de lo anterior, los tribunales penales internacionales, siguiendo en esto al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, han dado más importancia al primer aspecto que al segundo, como consecuencia de la estrategia empleada para dirimir la colisión, que es la clásica de la ponderación. Esto ha conducido a autorizar implícitamente la violación de los derechos cuando los demás intereses en juego se han considerado de mayor importancia y, en definitiva, a hacer depender la protección de los derechos de un cálculo de utilidad más o menos explícito. Este trabajo propone como alternativa una estrategia de inspiración aristotélica que pone el énfasis en la evaluación del compromiso de respetar y proteger los derechos, debiendo analizarse, para ello, la intención y el comportamiento ex post facto de quien recolecta las pruebas y averigua los hechos.