Amparo en materia tributaria. Un estudio de derecho comparado sobre la procedencia del proceso constitucional en España y México
- JIMÉNEZ JIMÉNEZ, JORGE
- Lorenzo Mateo Bujosa Vadell Directeur
- Rosa María Alfonso Galán Co-directrice
Université de défendre: Universidad de Salamanca
Fecha de defensa: 18 décembre 2014
- Jacques Malherbe President
- Ángela Figueruelo Burrieza Secrétaire
- Pablo Morenilla Allard Rapporteur
Type: Thèses
Résumé
La investigación realizada se centra en el proceso de amparo en España y México para tutelar el artículo 31 de las constituciones de dichos países, en donde se establece el deber u obligación de contribuir a las gastos públicos y el derecho de hacerlo con base en determinados parámetros. Para tal efecto, se parte de la tesis de que tanto dicho deber como derecho son fundamentales. Ello no sólo por su ubicación en el texto constitucional, en el caso español, sino también por su contenido. En México se puede aplicar la misma razón de fundamentalidad por su contenido. Enseguida se analiza brevemente la historia del proceso de amparo tributario en ambos países y sostiene que en el caso español no existen antecedentes del actual proceso de amparo; situación inversa acontece en México, en donde desde 1857 existe la posibilidad de hacer valer dicho proceso. Finalmente, se precisa que la experiencia mexicana puede servir de parámetro para el caso español a partir de una vía concreta del proceso de amparo, esto es, del amparo directo en contra de leyes fiscales. Por ende, de admitirse las demandas de amparo en las que se alegué la violación al artículo 31 de la Constitución española, existiría la posibilidad de que mediante la autocuestion de inconstitucionalidad que se formule el Tribunal Constitucional, los efectos de las sentencias en las que se declare la inconstitucionalidad de una ley sean generales. Finalmente, se sostiene la tesis de que no obstante que no existe una Constitución Europea ni un Estado Europeo ni un contribuyente europeo, existe la posibilidad de un amparo tributario europeo, al existir un proceso similar al de amparo en la convención europea de los derechos del hombre y el Tratado de la Unión Europea y el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, que es factible de tramitación ante la Corte Europea de Derechos Humanos o el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, propugnando porque sea este último el que deba conocer del amparo tributario en razón de la cantidad de pronunciamientos que ha emitido en el ámbito tributario.