Investigación de la paternidadla especial relación entre la cosa juzgada y el examen de ADN
- FERREIRA LONGO, JUAN RODRIGO
- Mar Jimeno Bulnes Directora
Universidad de defensa: Universidad de Burgos
Fecha de defensa: 22 de enero de 2016
- Ángel Bonet Navarro Presidente/a
- Tomás Prieto Álvarez Secretario
- João Paulo F. Remédio Marques Vocal
- Marco Pereira de Almeida Vocal
- Isabel Tapia Fernández Vocal
Tipo: Tesis
Resumen
El ordenamiento jurídico español prevé que las sentencias firmes dictadas en las acciones de investigación de la paternidad, basadas o no en pruebas directas como es en especial la del examen de ADN, no pueden ser modificadas después de adquirir autoridad de cosa juzgada y/o firmeza. La Tesis Doctoral, titulada "Investigación de la paternidad: La especial relación entre la cosa juzgada y el examen de ADN", de Juan Rodrigo Ferreira Longo, tiene como objetivo reflexionar sobre el posible conflicto existente en los casos en que, habiendo sido dictada una sentencia firme anterior de carácter inimpugnable en razón a su autoridad de cosa juzgada, en la que no ha sido utilizado como material probatorio el examen de ADN, se impida a la misma persona titular de la acción presentar nueva demanda para determinar la identidad de su padre biológico. El estudio se desarrolla a partir de un análisis del instituto de la cosa juzgada y de la acción de investigación de la paternidad en particular, para después analizar la posible contraposición de los valores constitucionales implicados, tales como: la seguridad jurídica, la tutela judicial efectiva, la dignidad humana y el libre desarrollo de la personalidad, con el objetivo de determinar si la opción legislativa acuñada en la actualidad en España es la más correcta para resolver una problemática personal de singular importancia como es la propia filiación de las personas físicas. Asimismo, se analizan experiencias similares procedentes del Derecho Comparado, en particular el ordenamiento jurídico portugués y brasileño con este mismo objetivo. Finalmente, se añaden unas conclusiones personales con propuestas de lege ferenda para la posible resolución del conflicto planteado.