La protección jurídico-civil de la persona que sufre enfermedad mentalel internamiento urgente no voluntario

  1. JULVE HERNANDEZ, MARIA DEL MAR
Zuzendaria:
  1. Andrea Planchadell Gargallo Zuzendaria

Defentsa unibertsitatea: Universitat Jaume I

Fecha de defensa: 2017(e)ko abendua-(a)k 21

Epaimahaia:
  1. Juan Luis Gómez Colomer Presidentea
  2. María Isabel González Cano Idazkaria
  3. Mar Jimeno Bulnes Kidea

Mota: Tesia

Teseo: 515921 DIALNET

Laburpena

El internamiento no voluntario por razón de trastorno mental se estudia, inicialmente, desde una perspectiva histórica y sociológica de la enfermedad mental, analizando las principales sentencias del TEDH y TC y los instrumentos internacionales sobre los derechos del sujeto afectado. Tras la Constitución Española y derogación del el art. 211 del CC, el procedimiento ordinario y urgente de internamiento se regulan en el art. 763 de la LEC, siendo objeto de estudio pormenorizado y en concreto su naturaleza jurídica, su objeto y los principios que lo rigen. Así como la competencia judicial, las partes, la intervención del MF, la prueba, la resolución, los recursos y el posterior control judicial. Pero además el ingreso produce una serie de efectos tanto en la vida como en patrimonio del paciente lo que da lugar al planteamiento de alternativas y cuestiones de interés práctico como el TAI.