La convención internacional para la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares y la Unión Europea
- LUGO RODRIGUEZ CARMEN BETSABE
- María Esther Martínez Quinteiro Directora
Universidad de defensa: Universidad de Salamanca
Fecha de defensa: 14 de marzo de 2006
- Mercedes Samaniego Boneu Presidenta
- Cristina García Nicolás Secretario/a
- Fernando Álvarez-Uría Rico Vocal
- Julia Varela Hernandez Vocal
- Leopoldo Santiago Díez Cano Vocal
Tipo: Tesis
Resumen
El 18 de diciembre de 1990 la ONU adoptó la Convención Internacional para la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares, que entró vigor el 1º de julio de 2003. Este instrumento se preocupa por el reconocimiento de los derechos tanto humanos como laborales de los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares. Y aunque se encuentra en vigor, ninguno de los países miembros de la Unión Europea la ha firmado o ratificado. Sin embargo, es de actualidad la preparación de políticas migratorias comunes europeas que tendrán por objetivo unificar los criterios nacionales sobre el acceso y la residencia de nacionales de terceros países a la Unión Europea. La presente investigación se enfoca en la descripción y comparación de cada uno de los derechos estipulados en la Convención en contraposición con aquellos enunciados en los instrumentos europeos, especialmente aquellos que afectan a los trabajadores migratorios y sus familiares. De esta comparación se concluye que en cuanto a los trabajadores regulares, ambas legislaciones otorgan derechos similares, pero con relación a los trabajadores irregulares, la concesión de derechos por parte de las instituciones europeas es casi nula. La presente investigación se compone de cuatro capítulos: el capítulo I contiene una reseña histórica de los movimientos migratorios en la Europa Occidental desde antes de 1945 hasta nuestros días; el capítulo II describe la elaboración y composición de la Convención definiendo uno a uno los derechos y libertades que la misma otorga; el capítulo III contiene el desarrollo de las políticas migratorias de la Unión Europea y la legislación aplicable a los trabajadores migratorios y sus familiares, por último, el capítulo IV hace una comparación detallada de las disposiciones de la Convención con las de los instrumentos comunitarios en materia de migración.