El decomiso de ganancias como instrumento para la recuperación de activos
- Nicolás Rodríguez García Director
- Eduardo Ángel Fabián Caparrós Co-director
Defence university: Universidad de Salamanca
Fecha de defensa: 19 December 2017
- Lorenzo Mateo Bujosa Vadell Chair
- Demelsa Benito Sánchez Secretary
- María Graciela Pahul Robredo Committee member
Type: Thesis
Abstract
La materia central es el decomiso de ganancias decretado por un órgano jurisdiccional, es decir, la privación definitiva de toda ventaja económica derivada, directa o indirectamente, de infracciones penales. En estos términos se expresa la Directiva 42 de 2014 de la Unión Europea, donde, tras la celebración del Tratado de Lisboa en 2007, al decomiso se le ha concedido una prioridad estratégica en la lucha contra la delincuencia organizada y, en general, contra la delincuencia con ánimo de lucro. Para la elaboración de la tesis, el estudio del decomiso de ganancias se inserta dentro de la estrategia de recuperación de activos. En la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción de 2003 se llama así a la repatriación de los fondos de un país expoliados por la corrupción a gran escala desde otro país o centro financiero extranjero, aunque el significado de esta expresión se haya ido ampliando paulatinamente. Se ha optado para su tratamiento en clave de sistema penal, atendiendo a las implicaciones en el campo penal y en el campo procesal, sin olvidar la política criminal que lo ha llevado a ese lugar preeminente que ostenta en la actualidad. La estructura deriva de este enfoque, está dividida en cuatro capítulos, cada uno de ellos centrado en el tratamiento de una pieza clave: la política criminal de recuperación de activos, el decomiso dentro de la regulación penal española, las especialidades del decomiso de ganancias y los aspectos procesales del decomiso. Era necesario contextualizar el estudio previamente: en primer lugar, poniendo en relación la recuperación de activos con otras herramientas de la política criminal contra la delincuencia con ánimo de lucro, en este caso el blanqueo de capitales, la responsabilidad penal de la persona jurídica y el delito de enriquecimiento ilícito. En segundo lugar, atendiendo al progreso del decomiso del producto del delito y de la recuperación de activos en los instrumentos internacionales y supranacionales, centrándose en los que han podido influir en el ordenamiento español, los emanados de Naciones Unidas, del Consejo de Europa y de la Unión Europea. Con posterioridad se parte de la evolución histórica de confiscación y comiso, para a continuación sintetizar un concepto de decomiso, tanto por sus características propias como por sus diferencias con una serie de figuras que guardan alguna relación con el decomiso, sobre todo por su dinámica dentro del sistema penal. Después, se centra en el debate, nunca cerrado, sobre la naturaleza jurídica del decomiso, para pasar a su división por su objeto material: según afecte a bienes, medios e instrumentos, a efectos o a ganancias. La última parte de este segundo capítulo se dedica a desgranar las diferentes modalidades de aplicación del decomiso tras la LO 1/2015, comenzando por el más básico, el decomiso directo, al que siguen el decomiso por valor equivalente, el decomiso ampliado, que es la gran baza contra la criminalidad organizada y, posiblemente, la modalidad más polémica. Se les suma el decomiso sin condena y el decomiso de bienes en posesión de terceros. El tercer capítulo está dedicado por entero al decomiso de ganancias, comenzando por su diferente naturaleza jurídica, que justifica su tratamiento aparte. También merece una especial atención la concreción de estas ganancias, en atención a una serie de parámetros, que en la doctrina extranjera, especialmente la alemana, ha suscitado importantes debates. El resto del capítulo se ocupa en confrontar la configuración de las modalidades de decomiso, que giran en torno al decomiso de ganancias con los principios constitucionales que impregnan el sistema penal. En el cuarto capítulo se tratan una serie de aspectos procesales con los que se completa la acción del Estado respecto a los bienes relacionados con el delito: para empezar, la investigación patrimonial del Ministerio Fiscal y las medidas cautelares. Prosigue con la intervención del tercero afectado por el decomiso en el proceso penal y el procedimiento de decomiso autónomo, introducidos ambos mediante la Ley 41/2015 en la Ley de Enjuiciamiento Criminal. A continuación, se centra en la faceta transfronteriza del decomiso, con especial atención al reconocimiento mutuo de resoluciones de embargo y decomiso en la Unión Europea. Por último, la gestión de los bienes que pueden ser decomisados y su destino definitivo tras la sentencia firme.