La prueba indiciaria en el enjuciamiento penal del lavado de activos y la posible afección a las garantías procesales constitucionales

  1. Castro Orbe, Rubén Darío
Zuzendaria:
  1. Nicolás Rodríguez García Zuzendaria

Defentsa unibertsitatea: Universidad de Salamanca

Fecha de defensa: 2018(e)ko abuztua-(a)k 30

Epaimahaia:
  1. Eduardo Ángel Fabián Caparrós Presidentea
  2. Natalia Alejandra Mora Navarro Idazkaria
  3. Giorgio Darío María Cerina Kidea

Mota: Tesia

Teseo: 571256 DIALNET

Laburpena

El blanqueo de capitales se ha erigido en un connotado problema de la sociedad actual dado que causa graves daños a la economfa de las naciones hasta inestabilidad y alto riesgo a la convivencia democrática. Sea por los efectos o por sus relaciones causales, dinámica y caracterfstlcas, es relevante para la potrtlca criminal, el Derecho Penal y el Derecho Procesal penal, al punto de constituirse en un desafio actual ante la exigencia social de alcanzar eficacia en su combate. La naturaleza del deUto que es uno de los de mayor complejidad por la connotación económica, institucional y gravedad, el uso de medios sofisticados para ocultar rastros, y el tipo de actores implicados, ha generado actuaciones administrativas, preliminares y judiciales cuestionadas en su eficacia preventiva, control y combate, cuanto sobre su ocultamiento, encubrimiento e impunidad. En este contexto, la investigación penal,la judicialización de casos y la posibilidad de probarlos y sancionarlos, motivan divergencias entre quienes legitiman actuaciones notoriamente reñidas con derechos y garantras procesales bajo la pretensión de eficacia, con quienes las reprochan en defensa de los derechos y garantfas fundamentales. Por ello, el problema plantea entender con cierta precisión la variedad y dinámica de fas conductas, para articular una proposición sistémica del ámbito procesal penal que procure, a la par, una actuación más eficaz en el combate pero evite posibles sesgos y violaciones contra las garantías procesales constitucionales. Esto, obliga a un punto de partida con dos aristas: por un lado, el actual Derecho Procesal penal de nuestros Estados que carece aún de medios humanos y técnicos para satisfacer a plenitud la prueba de estos ilicitos; y por otro, la cuestión nos aboca a preservar la armonfa entre las garantlas procesales constitucionales que tutela el régimen jurídico de todo acusado y la carga de la prueba que le corresponde a la acusación y que, en estos delitos, evidencia inaccesibil!dades o imposibilidades cuya consecuencia final es la impunidad de muchas conductas conocidas por el sistema penal de fos pafses. Cualquier proposición para lograr un combate eficaz, como exigen algunos sectores sociales y del poder, debe alejarse de cualquier pretensión de legitimación de aflicción a los derechos fundamentales y a las garantfas jurldlcas constitucionales como el debido proceso, la presunción de inocencia o el derecho a la defensa, entre otras. La respuesta a la demanda de seguridad, conlleva tanto la necesidad de eficacia en la lucha contra este delito, cuanto la de preservar los derechos fundamentales y el mantenimiento de un régimen acorde con el Estado de Derecho. Una orientación en otro sentido (como ha ocurrido en los foros cientffico-jurídicos) contradice ta concepción de que no es legitimo que el Estado use los mismos recursos, medios y conductas que se propone combatir. Las propuestas suponen la actuación legitima del Estado y de los demás actores de esa lucha. Asi, el estudio de aspectos procesales relevantes relacionados con fa carga de la prueba es de enorme trascendencia en un Estado de Derecho, por su complejidad e implicaciones. La premisa inicial es que los derechos fundamentales no son absolutos y, como todo derecho, tienen restricciones. las contradicciones entre derechos o entre derechos y garantras, determina ponderar y determinar la necesidad y viabilidad jurfdica de restringir ciertos derechos y ga ntras para habmtar exigencias procesales que implicarfan, por ejemplo, revertir la carga probatoria al imputado, con el presupuesto de que ella siempre implica la necesidad de cada parte por demostrar lo que es de su interés. El objetivo medular del estudio es la proposición sistémica de mecanismos jurfdico-procesales que, observando la tutela de los derechos fundamentales y la aplicación de principios acordes con ellos, habiliten la eficacia lnvestlgativa y prueba del delito, para combatirlo. El estudio de la prueba debe llevarse a cabo en sede procesal y requiere recuperar significativas y determinantes consideraciones teóricas para el desarrollo del proceso y la actuación de los sujetos procesales, cuanto para la decisión judicial motivada. Entre otros, se debe resolver los aspectos relacionados con su categorización jurfdlco-procesal, o sobre los que versa la prueba, o sobre las clases de prueba -con fundamental relevancia, sobre la prueba indiciaria- y las posibilidades y requerimientos que de ello surgen para las partes y para el juez (especialmente en función de la motivación y construcción de la decisión). Implica analizar las posibilidades, requisitos y condiciones que permitirran determinar hasta dónde es posible revertir la .C?arga probatoria al acusado, por estar dentro de su ámbito de control y disponibilidad sin afectar las precitadas garantfas. Todo, a consecuencia de las inaccesibilldades, imposibilidades y negaciones que, a cargo de la acusación, se convierten en evidentes causas de impunidad. · El estudio doctoral sugerido corresponde al ámbito de la prueba en el proceso penal donde se han desarrollado importantes y significativos estudios generales, y cuenta con trabajos recientes que abordan fa temática relacionada con los delitos de corrupción, la delincuencia económica y la criminalidad organizada respecto de otros problemas procesales, pero hay carencias en cuanto al tratamiento de las impHcaciones procesales del régimen probatorio y la preservación de los derechos fundamentales y la naturaleza garantiste del proceso penal.