El derecho a la Declaración Anticipada de Voluntades e Instrucciones Previasconocimiento y competencia profesional
ISSN: 1138-7262
Any de publicació: 2013
Volum: 16
Número: 7
Tipus: Article
Altres publicacions en: Metas de enfermería
Resum
Objetivo: determinar el conocimiento del profesional de Enfermería sobre el documento de Instrucciones Previas (IP); identificar el acceso a los documentos del registro formal de IP existentes en la Comunidad Autónoma de Castila y León (CyL), España; conocer la percepción de los profesionales sobre las competencias enfermeras en relación a dicho documento y si estos actúan con plena autonomía técnica y científica conforme a la legislación vigente. Método: estudio descriptivo transversal, durante el primer trimestre del año 2010 y cuya población a estudio eran las/os enfermeras/os de Castilla y León, sobre una población total de 16.002 profesionales inscritos en los nueve colegios oficiales de Enfermería provinciales, fueron seleccionados 850 por cuotas de sexo y edad. Para la recogida de información se utilizó un cuestionario construido ad hoc para el estudio (diez ítems). Resultados: se cumplimentaron 816 encuestas válidas. Los profesionales afirman conocer en un 79% el documento de IP. Un 29% desconoce cuáles son sus competencias según determina la legislación vigente. El 80% considera que los cuidados expresados en el documento de IP son de su competencia. El 98% reconoce que la alimentación e hidratación de un paciente terminal son competencias enfermeras. En la desconexión del respirador o en suspender la alimentación e hidratación, un 52% lo harían si mediara una orden médica, un 16% alegarían objeción de conciencia y un 32% lo haría sin condición. Solamente el 9% afirma tener acceso al registro formal y manifiestan necesario incrementar el nivel de formación sobre el tema. Conclusiones: los profesionales enfermeros conocen mayoritariamente la normativa vigente sobre las IP y la consideran como derecho del paciente, si bien existen dudas razonables sobre si una competencia propia puede ser realizada de forma autónoma, constatando que no existe acceso al registro formal, no tienen problemas en participar activamente en la desconexión o no proporcionar alimentación o nutrición por orden del paciente, apreciando la necesidad de mayor formación e investigación.
Referències bibliogràfiques
- Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica. (BOE núm. 274, de 15 de noviembre de 2002).
- Seoane JA. Derecho y planificación anticipada de la atención: panorama jurídico de las Instrucciones Previas en España. Derecho Sanitario 2006; 14:285-296.
- Gallego Riestra S. Documento de instrucciones previas o testamento vital, régimen jurídico. Pamplona: Edit. Aranzadi; 2009.
- Tur Faúndez MN. Documentos de Instrucciones Previas o Testamento vital. Régimen Jurídico. Edit. Aranzadi 2004.
- Ley 8/2003 de 8 de abril, de los derechos y deberes de las personas en relación con la salud de Castilla y León (Boletín Oficial de Castila y León, núm. 71, de 14 de abril de 2003).
- Orden de 26 de abril de 1973, Estatuto personal sanitario no facultativo de la Seguridad Social, Sección I. Madrid: Edit. Insalud; 1998.
- Calvo Sánchez MD, Mompart García MP. El marco legal de la atención sanitaria. En: Mompart García MP, Durán Escribano M. Administración y gestión. Madrid: DAE; 2009. p. 53-69.
- Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias. (BOE núm. 280, de 22 de diciembre de 2003).
- Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que establece la ordenación de enseñanzas universitarias oficiales (vigente hasta el 11 de febrero de 2011). (BOE núm. 260, de 30 de octubre de 2007).
- Anexo, Orden CIN/2134/2008, de 3 de julio, por la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de la profesión de enfermero. (BOE núm. 174, de 19 de julio de 2008).
- Calvo Sánchez MD. Actualización legal en materia sanitaria. Enfermería del Trabajo. Madrid: DAE; 2008, p. 35-37, 60-62, 91-111.
- Barrio Cantalejo IM, Simón Laborda P, Júdez Gutiérrez J. De las voluntades anticipadas o instrucciones previas a la planificación anticipada de las decisiones. Nure Investigación 2004; 5:1-9.
- Fernández Herráez E. Martínez López MJ. Instrucciones Previas. Es necesario cerrar el circuito de información entre clientes y el registro. Med. Clin 2006; 127:716-719.
- Registro oficial de Castilla y León. [En línea] [fecha de acceso: 13 de julio de 2013]. URL disponible en: http://www.saludcastillayleon.es/institucion/es/noticias-1/622-castellanos-leoneses-registrado-testamentos-vitales
- Universidad de Salamanca. Comité de Bioética. [En línea] [fecha de acceso: 13 de julio de 2013]. URL disponible en: www.usal.es
- Santos de Unamuno C. Documento de voluntades anticipadas: actitud de los pacientes en atención primaria. Aten Primaria 2003; 32. [En línea] [fecha de acceso: 13 de julio de 2013]. URL disponible en: http://zl.elsevier.es/es/revista/atencion-primaria-27/documento-voluntades-anticipadas-actitud-los-pacientes-atencion-13048854-originales-2003
- Mateos Rodríguez A, Huerta Arroyo A, Benito Vellisca MA. Instrucciones Previas: actitud de los profesionales de emergencias. Rev. Medicina de Urgencia y Emergencias 2007; 19(5):241-244.
- Saralegui Reta I, Monzón Marín JL, Martín MC. Instrucciones Previas en Medicina Intensiva. Rev. Med. Intensiva 2004; 28(5):256-261.
- Simón Lorda P, Tamayo Velázquez MI, González Rubio MJ, Ruiz Díaz P, Moreno González J, Rodríguez González MC. Conocimientos y actitudes del personal de Enfermería acerca de las voluntades anticipadas en dos áreas sanitarias de Andalucía. Enferm Clin 2008; 18:11-17.