El papel de la geología en la determinación de los niveles de referencia para la evaluación de la contaminación del suelo

  1. Marco Criado 1
  2. Pilar Alonso-Rojo 1
  3. Fernando Santos-Francés 1
  1. 1 Universidad de Salamanca, España
Revista:
Geogaceta

ISSN: 0213-683X

Ano de publicación: 2018

Título do exemplar: Comunicaciones presentadas en la LXIV Sesión Científica / Ávila, 1 de Junio de 2018

Número: 64

Páxinas: 131-134

Tipo: Artigo

Outras publicacións en: Geogaceta

Resumo

Debido a la intensa actividad industrial en ciertas zonas, multitud de suelos han sufrido grandes acumulaciones de compuestos contaminantes, como es el caso de los metales pesados. No obstante, la génesis y composición química natural de los suelos está íntimamente relacionada con la litología subyacente, de tal manera que los suelos contienen una concentración natural de metales pesados (nivel de fondo) variable según la geología del lugar. Es necesario un análisis de estas concentraciones naturales para, a partir de ellas, determinar un nivel de concentración máximo admisible (nivel de referencia) que establece el límite a partir del cual un suelo puede considerarse como contaminado. En este estudio se analiza la concentración natural de arsénico, cromo, cobre, níquel y zinc en suelos representativos de la provincia de Salamanca y se establecen sus estándares de fondo y de referencia. Por último, mediante tratamiento estadístico de datos, se demuestra el papel fundamental de la litología en la caracterización química de los suelos, lo que sugiere realizar la determinación de los estándares o niveles diferenciando distintos valores para cada metal según las litologías existentes, en detrimento de una estimación genérica que no contemple el papel de la geología.

Información de financiamento

En España, la contaminación de los suelos está regulada por el RD 9/2005 (BOE, 2005), que establece la relación de actividades poten-cialmente contaminantes del suelo y los crite- rios y estándares para la declaración de suelos contaminados. Las Comunidades Autónomas deben estimar los niveles de fondo y de refe-rencia de los suelos teniendo en cuenta la re-lación de estos con las rocas subyacentes.