Derecho penal del enemigo en el derecho penal internacionalpráctica antagónico a la defensa de los derechos humanos

  1. Palacios Valencia, Yennesit
Dirixida por:
  1. Vicente Carlos Guzmán Fluja Director

Universidade de defensa: Universidad Pablo de Olavide

Fecha de defensa: 19 de decembro de 2014

Tribunal:
  1. Esther Pillado González Presidente/a
  2. José Antonio Colmenero Guerra Secretario/a
  3. María Isabel González Cano Vogal

Tipo: Tese

Teseo: 352461 DIALNET lock_openRIO editor

Resumo

La tesis pretende visibilizar la actual tendencia del Derecho penal que utiliza los derechos humanos como excusa para legitimar medidas extremas de seguridad ante la moda del "riesgo''. Soportando así, la base jurídica del modelo de Derecho penal de la seguridad ciudadana. Esta tendencia permite activar la justicia penal en diferentes ámbitos conflictuales cuando se trata de perseguir a los "enemigos". Hecho que por antonomasia trae como consecuencia directa violentar los derechos humanos con la creación constante de normativas que. paradójicamente, también los vulneran por la lógica de la persecución y el castigo. Estos argumentos permitirán concluir que, se acude a un debilitamiento de las garantías penales en detrimento de los derechos humanos; los cuales son utilizados. bien, como herramientas para impulsar procesos emancipadores, o bien, como instrumentos para manipular el poder y justificar actos de barbarie por la exageración del poder punitivo. Situación que está transformando desde diferentes puntos de vista la concepción tradicional del Derecho penal violentando de manera flagrante la dignidad humana como eje central del Estado Social de Derecho al ponerse en práctica lo que el profesor alemán, GüNTIIER JAKOBS, denomina: Derecho Penal del "enemigo" (Feindstrafrecht). Discurso que se presenta como un elemento central en la comunidad internacional en la lucha contra el terrorismo y corno una estrategia jurídico-política al interior de Estados democráticos. En efecto, es una práctica que también se viene fortaleciendo y traspasándose del ejercicio del ius puniendi de los Estados como manifestación de soberanía al Derecho penal internacional.