Actualidad de Filosofía del Derecho de Francisco Giner y su ideal krausista de Europa
- Manzanero Fernández, Delia
- José Manuel Vázquez Romero Directeur/trice
- José Luis Mora García Directeur/trice
Université de défendre: Universidad Autónoma de Madrid
Fecha de defensa: 25 septembre 2014
- Antonio Heredia Soriano President
- Fernando Hermida de Blas Secrétaire
- Veronica Rodriguez-Blanco Rapporteur
- Miguel Grande Yáñez Rapporteur
- Cristina Hermida del Llano Rapporteur
Type: Thèses
Résumé
Las líneas principales de investigación que han sido desarrolladas en esta tesis doctoral pueden resumirse en las cinco partes en que se articula el índice: En la Primera Parte se han expuesto las raíces del pensamiento de Giner y la articulación de esas influencias en su obra. En la Segunda Parte nos hemos ocupado de la Filosofía Social krausista y de los elementos sociológicos esenciales presentes en la teoría política gineriana, relacionándolo con los trabajos de juristas y sociólogos corporativistas clásicos que estudian el pensamiento político escolástico (el corpus mysticum suareciano) y también moderno (en Krause y Gierke), pues ambos sientan las bases de la Ciencia política y del concepto de soberanía de Francisco Giner y le sirven para plantear revisiones y adendas a las limitaciones del concepto de Estado moderno. En la Tercera Parte nos ocupamos de la Filosofía del Derecho krausista, que es el pilar fundamental en que se articula esta investigación. En ella, tratamos de mostrar cómo su teoría sobre la relación entre derecho y moralidad, sus críticas al liberalismo abstracto y sus propuestas de mejora a la filosofía jurídica kantiana y su sombra ¿el estatalismo¿, plantean un novedoso concepto de soberanía que abre una perspectiva a un pluralismo de múltiples órdenes soberanos, equivalentes que colaboran en pie de igualdad para representar los fines humanos. En la Cuarta Parte hemos expuesto qué aspectos fundamentales de la tradición liberal clásica son mejorados o completados por la filosofía jurídica krausista, repasando ¿de modo crítico¿ aquellos aspectos de la doctrina krausista que han sido total o parcialmente impugnados o refutados por la crítica contemporánea, así como aquéllos otros que han sido aprobados e incorporados como exigencias irrenunciables en nuestro sistema jurídico actual. Por último, en la Quinta Parte hemos abordado el proyecto europeísta krausista y su positivización en el derecho contemporáneo. Que en nuestro análisis nos hayamos detenido un poco más al tratar del ideal krausista de Europa, es algo que a nuestro parecer viene explicado y hasta exigido, no por motivos subjetivos ¿de nuestra propia y personal vocación o dedicación¿, sino preferentemente por razones objetivas, de la atención que realmente consagró Giner y el krausismo a las materias jurídicas y al derecho internacional de su momento. En síntesis, la aspiración de este trabajo ha sido, por un lado, ponderar la relevancia y proyección de la filosofía jurídica de Giner en la sociedad española de finales del XIX principios del XX, con una reflexión sobre la viabilidad, eficacia y legitimidad de las implicaciones sociales y políticas que tuvo en su momento. Y, por otro lado, desvelar qué potencial práctico del pensamiento moral y jurídico de Giner, aún no agotado históricamente, puede encontrar su realización en el Derecho y Educación actuales. No se trata pues de traer aquí temas anacrónicos, sino de ver cómo gran parte de los postulados iusnaturalistas de este eminente jurista español, que encontraron gran extrañeza y resistencia en su época, han pasado a ser hoy patrimonio común de la filosofía del derecho de nuestro tiempo y de las aspiraciones de nuestra sociedad.