La igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y las acciones de responsabilidad social

  1. Rodríguez Escanciano, Susana dir.
  2. Martínez Barroso, María de los Reyes dir.
  3. Álvarez Cuesta, Henar coord.

Editorial: Juruá Editorial

ISBN: 978-989-712-617-8

Año de publicación: 2019

Tipo: Libro

Resumen

Conviene poner el énfasis necesario en señalar que de todos los posibles factores de discriminación es, quizá, el sexo uno de los más “odiosos” o -cuando menos- uno de los menos admisibles para sostener un tratamiento diferenciado entre personas o, con mayor exactitud, un tratamiento perjudicial para alguna de ellas, máxime cuando el marco social que proporciona el contrato de trabajo constituye un ámbito específico donde la existencia de discriminación real se hace patente con tanta fuerza que casi llama al escándalo: claramente disminuyen para las mujeres las posibilidades de conseguir y mantener un trabajo estable, digno y suficientemente remunerado; en paralelo, se incrementan las necesidades familiares que obligan a la mujer a aceptar ocupaciones marginales e incluso fuera del control legal a partir de las cuales ve perpetuada su crónica situación de desigualdad social. A la vista de tan desalentadora realidad, la consecución de la igualdad real y efectiva debe ser un valor imperante en la ética empresarial. Y ello porque la idea de la existencia de una cierta responsabilidad social derivada de la actividad empresarial cada vez está más presente en los ámbitos académicos y de gestión empresarial. Se trata de potenciar un renovado modelo de empresa “sostenible”, “ética”, “ciudadana o cívica”, que va más allá de la tradicional rentabilidad económica e incluye entre sus objetivos la obtención de otras ventajas y la realización de otros valores que redundan en beneficio de distintos grupos y afectados de alguna forma distinta (a la detentación de la titularidad) en la actividad de la empresa (los conocidos como stakeholders). Con todo, es menester observar el fenómeno con cierta cautela y refrenar la euforia desmedida para, desde el realismo, reconocer que en algunos casos la afirmación de la Responsabilidad Social Corporativa (RSC) no supone sino un intento de ciertas empresas por experimentar un “lavado de cara” frente a la sociedad que en modo alguno puede decirse que solvente algunos de los más graves problemas estructurales que presenta el actual modelo de sociedad globalizada. Con todo, la Responsabilidad Social (en su correcta dimensión) ha de ser el gran compromiso de la empresa en los albores del siglo XXI en el intento por conseguir una sociedad más justa, el cual, aun cuando no sea la “panacea”, ni pueda ni deba sustituir la actuación de los poderes públicos (ni de los interlocutores sociales típicos), constituye un medio, entre otros, para conseguir un progreso equilibrado desde un punto de vista económico, social y medioambiental.