La reducción de jornada anual en un sector de nueva creación. Ni aplicación del convenio, ni condición más beneficiosa: falta de acción. Comentario a la sentencia de la Audiencia Nacional, Sala de lo Social, 128/2019, de 31 de octubre
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Universidad de León
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Universidad de Deusto
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ISSN: 2529-8941
Año de publicación: 2020
Número: 7
Páginas: 107-113
Tipo: Artículo
Otras publicaciones en: Revista Jurídica de la Universidad de León
Resumen
Un conflicto colectivo de enjundia, como el derivado de la operatividad de una condición más beneficiosa en materia de jornada anual en supuestos de sucesión de convenios, obediente a la aparición de un nuevo sector nacional por mor de la especialización técnico-productiva, encuentra respuesta judicial de remisión a su sede apropiada al apreciar la excepción de falta de jurisdicción, de límites tan polémicos como su propia aplicación en el caso concreto.