Prevalencia de la norma estatal sobre la autonómica y no competencia de ésta para alterar el régimen retributivo y unificación de doctrina
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Universidad de León
info
ISSN: 2444-3476
Año de publicación: 2020
Número: 236
Páginas: 223-232
Tipo: Artículo
Otras publicaciones en: Revista española de derecho del trabajo
Resumen
La sentencia objeto de análisis refleja, al amparo de la Carta Magna, la primacía de aplicación de las leyes en el ámbito laboral, poniéndose de manifiesto que ninguna norma de rango inferior a la estatal puede suplir a ésta. En este caso, respecto a la reclamación por cantidades audeudadas a una trabajadora que presta servicios para el Servicio Madrileño de Salud como médico residente de cuarto año a través de un contrato de formación de especialistas en salud, regulado en el art. 7.2 del RD 1146/06 de 6 de octubre de 2006 (RCL 2006, 1829), por habérsele minorado dos pagas extras a consecuencia de la aplicación de la Ley de Presupuestos de la Comunidad de Madrid. Dada la no equiparación entre el personal laboral y el personal funcionario y estatutario de dicha comunidad autónoma, se concluye haber de abonar las cantidades adeudadas, así como el recargo de mora, conforme se establece en distintas sentencias del Tribunal Supremo respecto de esta cuestión.
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