La aplicación del derecho de la competencia a los colegios profesionales
ISSN: 1989-6913
Año de publicación: 2019
Número: 9483
Tipo: Artículo
Otras publicaciones en: Diario La Ley
Resumen
Los colegios profesionales se sujetan a las normas de defensa de la competencia cuando realicen una actividad económica, no cuando ejerzan potestades públicas. No obstante, el ejercicio de potestades públicas puede ser ilícito por ser contrario a la libre competencia. Este será el caso cuando infrinjan la ley, introduzcan discriminaciones no justificadas o impongan restricciones que no sean adecuadas, necesarias y proporcionadas.
Referencias bibliográficas
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