Resolución de conflictos de jurisdicción internacionales en el ámbito privado y en el ámbito penal. ¿Compartimentos estancos o existe margen para la transferencia en su regulación en Europa?

  1. Alejandro Hernández López
  2. Irene Merino Calle
Revista:
Revista Electrónica de Direito. RED

ISSN: 2182-9845

Año de publicación: 2021

Volumen: 24

Número: 1

Páginas: 155-188

Tipo: Artículo

DOI: 10.24840/2182-9845_2021-0001_0008 DIALNET GOOGLE SCHOLAR

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Resumen

El establecimiento de foros de competencia judicial en el ámbito del Derecho Internacional Privado, para atribuir el conocimiento de una situación privada internacional a los tribunales de uno u otro Estado, encuentra su fundamento en la proximidad por diversos motivos de la situación jurídica con el Estado cuyos tribunales resolverán la disputa. En cambio, en el ámbito penal, la determinación del tribunal competente es un proceso lento y con dificultades, y continúa siendo una competencia exclusiva reservada a los Estados. En este sentido, determinar qué tribunal va a poder conocer de un conflicto internacional va a depender de lo dispuesto en veintisiete sistemas penales diferentes. A través del presente artículo, nuestra contribución persigue plantear breve e inicialmente si es posible hallar un punto de confluencia entre ambas disciplinas jurídicas, constituyendo por tanto un punto de partida en el examen de la materia, es decir, si los foros y el sistema competencia de Derecho Internacional Privado, podría llegar a servir de inspiración a la hora de formular reformas legislativas comunitarias y armonizar el proceso relativo a la distribución de la competencia ante casos penales transfronterizos en la Unión Europea.