Incapacitación parcial y curatelacomentario a la STS de 3 de diciembre de 2020.(RJ 2020, 4815)

  1. Esther Muñiz Espada
Revista:
Cuadernos Civitas de jurisprudencia civil

ISSN: 0212-6206

Año de publicación: 2021

Número: 116

Páginas: 267-282

Tipo: Artículo

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Resumen

La sentencia resuelve sobre el sistema más adecuado de protección respecto de una persona cuya conducta es compatible con una demencia que le impide una adecuada gestión de su patrimonio y de sus propios cuidados personales, y debido a sus trastornos de personalidad es utilizada por alguien mucho más joven, aprovechándose interesada e indebidamente de su patrimonio. En atención a las circunstancias personales es suficiente un apoyo que, sin sustituir a la persona con discapacidad, le ayude a tomar las decisiones que le afecten. En el sistema legal, está llamada a cumplir esta función la curatela.