Incapacitación parcial y curatelacomentario a la STS de 3 de diciembre de 2020.(RJ 2020, 4815)
ISSN: 0212-6206
Año de publicación: 2021
Número: 116
Páginas: 267-282
Tipo: Artículo
Otras publicaciones en: Cuadernos Civitas de jurisprudencia civil
Resumen
La sentencia resuelve sobre el sistema más adecuado de protección respecto de una persona cuya conducta es compatible con una demencia que le impide una adecuada gestión de su patrimonio y de sus propios cuidados personales, y debido a sus trastornos de personalidad es utilizada por alguien mucho más joven, aprovechándose interesada e indebidamente de su patrimonio. En atención a las circunstancias personales es suficiente un apoyo que, sin sustituir a la persona con discapacidad, le ayude a tomar las decisiones que le afecten. En el sistema legal, está llamada a cumplir esta función la curatela.