La defensoría de la comunidad universitaria en el contexto de las defensorías parlamentarias

  1. PARDO PRIETO, Paulino César 1
  1. 1 Universidad de León
    info

    Universidad de León

    León, España

    ROR https://ror.org/02tzt0b78

Revista:
Rued@: Universidad, Ética y Derechos

ISSN: 2530-030X

Año de publicación: 2020

Número: 5

Páginas: 9-19

Tipo: Artículo

DOI: 10.25267/RUEDA.2020.I5.03 DIALNET GOOGLE SCHOLAR lock_openAcceso abierto editor

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Resumen

En España, la Ley Orgánica 3/1981 instituyó el Defensor del Pueblo. En los años posteriores,el desarrollo de las autonomías ha dado lugar al surgimiento de fi guras paralelassujetas en su actividad al respectivo ámbito territorial. En el ámbito europeo, también lostratados constitutivos contemplaron esta fi gura. Por su parte, la fi gura del Defensor Universitariose hace operativa por primera vez en la Universidad de León, en 1987, a la luzde lo previsto en su Estatuto. La Ley Orgánica 6/2001, de Universidades, propuso para lainstitución las fi nalidades de “velar por el respeto a los derechos y las libertades de losprofesores, estudiantes y personal de administración y servicios” y actuar en orden a la“mejora de la calidad universitaria en todos sus ámbitos”; estableciendo, a su vez, que “noestará sometida a mandato imperativo de ninguna instancia universitaria”. A partir deesos datos, de su tradición previa y, teniendo siempre a la vista la regulación del Defensordel Pueblo nacional, si bien cada Defensoría ha elaborado sumodelo y a pesar de la diversidad,dominan los rasgos comunes.