Comunicación "fehaciente" de la condición de económicamente dependientecomentario a la STSJ Castilla y León/Valladolid de 23 de diciembre de 2021
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Universidad de León
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ISSN: 2444-3476
Año de publicación: 2022
Número: 255
Páginas: 147-156
Tipo: Artículo
Otras publicaciones en: Revista española de derecho del trabajo
Referencias bibliográficas
- DANS ÁLVAREZ DE SOTOMAYOR, L.: “Las particularidades del contrato TRADE en la mediación de seguros privados”, Anales de la Facultad de Derecho de la Universidad de La Laguna, núm. 29, 2012.
- DANS ÁLVAREZ DE SOTOMAYOR, L.: “Régimen jurídico del trabajador autónomo dependiente en el sector asegurador tras la reforma de la distribución de seguros”, en AA.VV. (BATALLER GRAU, J. y QUINTANS EIRAS, M. R., Dirs.): La distribución de los seguros privados, Madrid (Marcial Pons), 2019.
- GUERRERO VIZUETE, E.: La regulación jurídica del trabajo autónomo dependiente: concepto, fuentes, relación individual y colectiva de la prestación de servicios, Tesis Doctoral, Universidad Rovira i Virgili, 2011.
- HERNÁNDEZ MARTÍNEZ, M.: El trabajador autónomo económicamente dependiente, Cizur Menor (Aranzadi/Thomson), 2010. BIB 2010, 3224.
- HIERRO HIERRO, F. J.: “Orden jurisdiccional y trabajadores autónomos económicamente dependientes. Primeros conflictos”, Aranzadi Social, núm. 15, 2008. BIB 2008, 2676.
- LLUIS Y NAVAS, J.: “Problemas del tratamiento procesal de los trabajadores autónomos”, Iuris: Actualidad y Práctica del Derecho, núm. 181-182, 2012.
- LÓPEZ VILLALBA, M.: “La comunicación de la dependencia económica como requisito constitutivo del contrato de TRADE”, en AA.VV. (CANO GALÁN, Y., Coord. y SEMPERE NAVARRO, A.V., Dir.): La obra jurídica de Aurelio Desdentado Bonete, Madrid (BOE), 2021.
- MOLINS GARCÍA-ATANCE, J.: “La competencia jurisdiccional del orden social en relación con los trabajadores autónomos económicamente dependientes”, Aranzadi Social, núm. 12, 2007. BIB 2007, 1472.
- RAMOS MORAGUES, F.: “Problemática sobre el orden jurisdiccional competente para conocer de las controversias entre el TRADE y su cliente”, Aranzadi Social, núm. 12, 2011, paraf. 82/2011. BIB 2020, 816.
- SELMA PENALVA, A.: “La forma del contrato del TRADE ¿es verdaderamente un elemento constitutivo?”, Aranzadi Social, núm. 21, 2011, paraf. 77/2011. BIB 2010, 3480.