El desistimiento a la pensión de jubilación una vez reconocida por la entidad gestoraComentario a la Sentencia del Tribunal Supremo 320/2023, de 26 de abril
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Universidad de León
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ISSN: 2792-8314, 2792-8322
Año de publicación: 2024
Número: 478
Páginas: 155-163
Tipo: Artículo
Otras publicaciones en: Revista de Trabajo y Seguridad Social. CEF
Resumen
Es posible dejar sin efecto por voluntad de la persona beneficiaria una pensión de jubilación reconocida y notificada por la entidad gestora con el fin de formular una nueva solicitud en un momento posterior que pueda resultar más favorable desde el punto de vista cuantitativo ante el aumento sucesivo de las cotizaciones aportadas.