Argitalpenak (256) Jose Manuel Cantera Cuartango argitalpenak

2024

  1. Cabe la subcontratación de los servicios de seguridad privada siempre y cuando la empresa subcontratista cumpla los parámetros de la Ley de Contratos y de la Ley de Seguridad Privada: Resolución nº 501/2024, de 18 de abril de 2024, del tribunal administrativo central de recursos contractuales (recurso nº 306/2024)

    La administración práctica: enciclopedia de administración municipal, Núm. 7, pp. 151-154

  2. El emplazamiento cercano de una planta de tratamiento de residuos puede ser un criterio de valoraci´n medioambiental conforme a derecho: acuerdo Nº 378/2023, de 19 de octubre de 2023, del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (Recurso Nº. 364/2023)

    La administración práctica: enciclopedia de administración municipal, Núm. 1, pp. 139-142

  3. El umbral de temeridad debe calcularse teniendo en cuenta el precio del contrato y no con el porcentaje de baja ofrecido sobre el presupuesto base de licitación

    La administración práctica: enciclopedia de administración municipal, Núm. 5, pp. 153-156

  4. En las licitaciones a las que se presente empresario extranjero, es necesario que conste en el expediente de contratación informe de la misión diplomática u oficina consular sobre su capacidad de obrar: Resolución nº 343/2024, de 7 de marzo de 2024, del tribunal administrativo central de recursos contractuales (recurso nº 1157/2024)

    La administración práctica: enciclopedia de administración municipal, Núm. 7, pp. 147-149

  5. En un procedimiento con una sola oferta, ante la falta de presentación de la garantía definitiva, procede hacer un requerimiento previo antes de excluirla de la licitación: Resolución nº 338/2024, de 7 de marzo de 2024, del tribunal administrativo central de recursos contractuales (recurso nº 158/2024)

    La administración práctica: enciclopedia de administración municipal, Núm. 7, pp. 143-145

  6. La formalización del contrato sin haber respetado el plazo establecido en la ley de contratos implica la nulidad del contrato

    La administración práctica: enciclopedia de administración municipal, Núm. 5, pp. 141-144

  7. La incuestionable importancia del patrimonio urbano visible en la consecución de ciudades sostenibles

    Revista de Derecho Urbanístico y Medio Ambiente, Año 58, Núm. 370, pp. 119-184

  8. La positiva y determinante, aunque insuficiente, influencia del patrimonio urbano en la progresiva implantación del principio de sostenibilidad en las ciudades del continente americano

    Revista americana de urbanismo y medio ambiente, Núm. 11, pp. 85-211

  9. La presentación de certificados de experiencia genéricos sin seguir lo marcado en el pliego obtienen, en la valoración, cero puntos

    La administración práctica: enciclopedia de administración municipal, Núm. 5, pp. 145-148

  10. La retirada injustificada de la mejor oferta, mediante autoexclusión, tiene como consecuencia la imposición de la penalidad del 3% del presupuesto base de licitación: Resolución Nº. 1359/2023, de 20 de octubre de 2023, del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (Recurso Nº. 1214/2023)

    La administración práctica: enciclopedia de administración municipal, Núm. 1, pp. 151-154

  11. Las prórrogas convencionales o legales no son actuaciones susceptibles de recurso especial en materia de contratación: Resolución Nº 1375/2023, de 27 de octubre de 2023, del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (Recurso Nº. 1274/2023)

    La administración práctica: enciclopedia de administración municipal, Núm. 1, pp. 135-138

  12. Las respuestas y preguntas formuladas para aclaraciones del anuncio y de los pliegos son actos de trámite no cualificados

    La administración práctica: enciclopedia de administración municipal, Núm. 5, pp. 149-152

  13. Los certificados de buena ejecución de la adjudicataria anonimizados por el órgano de contratación en el momento de facilitar el acceso al expediente es conforme al derechoi: acuerdo Nº 385/2023, de 26 de octubre de 2023, del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (Recurso Nº 362/2023)

    La administración práctica: enciclopedia de administración municipal, Núm. 1, pp. 143-146

  14. Los licitadores pueden acreditar su solvencia técnica acudiendo íntegramente a medios externos, sin que exista limitación alguna en la normativa contractual: Resolución Nº 1300/2023, de 11 de octubre de 2023, del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (Recurso Nº 881/2023)

    La administración práctica: enciclopedia de administración municipal, Núm. 1, pp. 147-150

  15. Mancomunidades de municipios 2.0: hacia su reconversión, además de proseguir con sus tradicionales funciones, en instrumentos de sostenibilidad, desarrollo rural y lucha contra la despoblación

    Revista de Estudios de la Administración Local y Autonómica: Nueva Época, Núm. 21, pp. 74-95

  16. Para la adjudicación del contrato es necesaria la prueba acreditativa de la disposición de un plan de igualdad vigente: Resolución nº 526/2024, de 26 de abril de 2024, del tribunal administrativo central de recursos contractuales (recurso nº 322/2024)

    La administración práctica: enciclopedia de administración municipal, Núm. 7, pp. 159-162

  17. Prevalencia del convenio colectivo sectorial sobre el empresarial a la hora del cálculo de los costes de personal en la formación del presupuesto del contrato: Resolución nº 525/2024, de 26 de abril de 2024, del tribunal administrativo central de recursos contractuales (recurso nº 216/2024)

    La administración práctica: enciclopedia de administración municipal, Núm. 7, pp. 155-158